Este tema hace referencia a la importancia que tiene, sobre todo para el Instituto Nacional Electoral, proteger los derechos político-electorales de la ciudadanía. De ahí la importancia de que conozca de qué manera el TEPJF aplica los principios pro persona y de interpretación conforme, revisados en las semanas anteriores, al momento de emitir las resoluciones o sentencias de las controversias electorales.
Antes de iniciar la lectura reflexiona sobre las siguientes preguntas:
- ¿Por qué el TEPJF cuenta con una función garantista?
- ¿Qué criterios debe considerar para ser garante?
Consideraciones conclusivas
Pues bien, como se mencionó al inicio de este trabajo, con la reforma constitucional y legal de 1996 se modificó sustancialmente el sistema que durante más de una centuria sustrajo los conflictos electorales del control judicial en cuanto a su constitucionalidad y legalidad, lo cual implicaba que tales conflictos electorales se resolvieran por órganos de naturaleza política-como las cámaras de los congresos, con base en criterios propiamente políticos (como la imposición de quien conformaba la mayoría legislativa o la negociación), lo cual explica en gran medida la ausencia durante ese período de una jurisprudencia y doctrina científica acerca del derecho electoral en nuestro país, situación que sólo se empezó a superar con el establecimiento del primer tribunal electoral hace poco más de quince años y, de manera particular, hace poco más de seis años con el actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que se espera que la academia, por su parte, preste cada vez mayor atención a la función jurisdiccional electoral para contribuir al desarrollo científico del derecho electoral y el perfeccionamiento de nuestras instituciones.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por su parte y según se ha procurado mostrar, está consciente del reto y compromiso con la justicia electoral y la vigencia del Estado constitucional democrático de derecho, con el objeto de garantizar la celebración de elecciones libres, auténticas y periódicas; el acceso a la justicia electoral y a su impartición en forma completa y efectiva; el pleno respeto a los derechos político-electorales fundamentales de los ciudadanos; el fortalecimiento del sistema de partidos políticos; la democracia interna de los partidos políticos, así como la sujeción de todos los actos de las autoridades electorales a los principios de constitucionalidad y legalidad.
Ahora que hemos revisado contenidos sobre la protección de los derechos político-electorales, analiza:
- ¿Desde tu perspectiva laboral, cómo deberían las sentencias electorales abordar el problema del engaño en la identidad de género de los candidatos para garantizar la protección de los derechos político-electorales de todas las personas, incluyendo las identidades de género no conformes, como en el caso de los candidatos cisgénero en Michoacán?
- ¿Qué criterios deberían establecerse en las sentencias electorales para evaluar y sancionar de manera efectiva el uso indebido de identidades de género por parte de los candidatos?
- Como hemos estudiado en la unidad, es fundamental que las sentencias electorales adopten un enfoque equilibrado que respete tanto los derechos individuales como la justicia en el ámbito laboral.
Ahora que terminaste de revisar el contenido, regresa al Centro Virtual INE e ingresa a la carpeta de las Actividades del Tema B. “Derechos político-electorales en las sentencias electorales”, atiende las indicaciones y realízalas en el orden en que se presentan.
Ya que las hayas concluido, es momento de llevar a cabo las actividades que tienen como objetivo integrar los aprendizajes. Regresa al Centro Virtual INE e ingresa a la carpeta “Actividades de cierre” atiende las indicaciones y realízalas en el orden en que se presentan. Revisa la fecha límite de entrega, ya que después no podrás tener acceso.